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Art..31- Todos los cargos
de la Asociación serán elegidos
con arreglo a:
a) El Presidente
de la Asociación y todos los
miembros de la Junta Directiva
serán elegidos, mediante sufragio
libre y secreto, por un periodo
de cuatro años.
b) Pueden ser candidatos a Presidente
y Vicepresidente todos los miembros
de la Asociación, al corriente
de cuota, y dentro de tiempo
y forma que se establezcan.
c) Para Presidente y Vicepresidente,
al objeto que todos los afiliados
puedan tomar parte en la elección
de estos cargos, se admitirá
el voto por correo certificado,
dirigido a la Secretaría con
5 días de antelación a la fecha
prevista para la elección. Los
impreso los proporcionará la
Asociación, y sólo éstos serán
válidos, para dar cumplimiento
a la libertad y secreto del
sufragio que se exige en el
apartado C del Art.19.
d) Los Vicepresidentes se presentarán
en candidaturas separadas, y
ocupará la primer Vicepresidencia
el que consiga mayor número
de votos.
e) El Presidente será elegido
por mayoría simple del número
de votos emitidos. Aún en el
caso de una sola candidatura,
será preceptiva la votación.
f) El Presidente electo presentará
a la Asamblea la composición
de su Junta Directiva para ser
ratificada por la misma, en
votación libre y secreta. En
el supuesto de que algunos o
alguno de los propuestos a cargos
directivos fuera rechazado por
mayoría simple, el Presidente
electo podrá proponer otros
nombres para proceder a su sustitución
y aceptación.
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